Desde hace 10 años, aproximadamente, con el inicio del denominado “conflicto mapuche”, el Estado Chileno ha utilizado la Justicia Militar como una de sus herramientas para reprimir a nuestro pueblo, procesando a través de dicha judicatura a más de un centenar de personas mapuche, tal como se aplicaba en tiempos de dictadura.
En el año 1997 se inicia en Chile la Reforma Procesal Penal, sin embargo, ésta no incluye la reforma de la Justicia Militar, específicamente, en lo que se refiere a su competencia en hechos en los cuales están implicados civiles, sean estos víctimas o imputados.
Así lo plantea el abogado Fernando Saenger, especialista en Derecho Constitucional “el procedimiento debió haberse cambiado cuando se hizo la Reforma Procesal Penal, en 1997, cuando era presidente Eduardo Frei”. “En la Reforma que se hizo a la Constitución, ese año, se dejó establecido que la Justicia Militar seguía vigente. No hubo cambios pese a que llevábamos siete años de democracia”. Ahora ya suman casi veinte años de post-dictadura.
LA INQUISICION CHILENA Y EL CASO PALAMARA
Según el profesor Rumberto Valdés, Director del Departamento Procesal de la Universidad de Concepción, la aplicación de la Justicia Militar “vulnera la igualdad ante la ley, por lo que constituye una verdadera inquisición del siglo XXI”.
Ante la Justicia Militar los imputados no son considerados sujetos de derecho, como lo son para el nuevo sistema procesal penal, si no que son intervinientes de segunda categoría, esto quiere decir: “que el imputado puede estar incomunicado, con prisión preventiva indefinida, suspendido de sus derechos ciudadanos, sin conocimiento del sumario y la investigación puede tardar años”, explica el profesor Valdés.
De hecho, la Corte Interamericana de Derechos Humanos falló en contra de Chile, en el caso Palamara v/s Chile (2005), por la aplicación de la Justicia Militar a civiles estimando que dichas normas jurídicas vulneran los derechos humanos.
SAN JOSÉ.- 22 de Noviembre de 2005. La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado de Chile por la violación a los derechos de libertad de pensamiento y privacidad, a las garantías judiciales, a la protección judicial y a la libertad personal de Antonio Palamara.
Palamara escribió un libro titulado "Ética y Servicios de Inteligencia", el cual abordaba aspectos relacionados con la inteligencia militar y la necesidad de adecuarla a ciertos parámetros éticos, el que fue prohibido.
Palamara, oficial retirado de la armada chilena, se desempeñaba en el momento de los hechos como funcionario civil de la Armada de Chile en la ciudad de Punta Arenas. Fue sometido a proceso por delitos de desobediencia y fue condenado por ello, y dio una conferencia de prensa producto de la cual fue procesado y condenado por el delito de desacato.
La Corte también ordenó que el Estado Chileno deberá establecer, a través de su legislación, "límites a la competencia material y personal de los tribunales militares, de forma tal que en ninguna circunstancia un civil se vea sometido a la jurisdicción de los tribunales penales militares".
Aun así los casos en Chile suman y siguen…
JUSTICIA MEDIEVAL Y EL CASO ROTONDA PEÑUELAS
El 2 de Noviembre del 2004, murieron dos jóvenes en la rotonda Peñuelas en Hualpén (8va región), abatidos por carabineros, recién en Julio de este año, después de cinco años de investigación, la Segunda Fiscalía Militar de Concepción cerró el sumario con dos carabineros sometidos a proceso por violencia innecesaria con resultado de muerte. El abogado de los jóvenes Raúl Romero explicó que el caso se demoró años por estar en manos de la justicia Militar, sistema al que calificó de “lento, engorroso y medieval”.
El abogado tampoco tuvo acceso a la carpeta hasta que se dictaron los procesamientos “ya en esa instancia se podía intervenir poco. A esta altura el secreto del sumario es algo que ya no debería estar vigente”. Actualmente, ambos carabineros siguen en servicio activo.
ASESINATOS E IMPUNIDAD PARA EL PUEBLO MAPUCHE Y EL CASO HUENANTE
En cuanto a los delitos cometidos por agentes policiales en contra de mapuche, como lo son los casos de Lemun, Catrileo y Collio, el abogado del Observatorio Ciudadano de Temuco, José Aylwin manifiesta que:
“La Justicia Militar carece de la imparcialidad e independencia necesarias para el análisis de casos que involucran a miembros de las fuerzas armadas. La impunidad en que dicha justicia a dejado los crímenes hasta ahora cometidos por carabineros en contra de personas mapuche es prueba suficiente de ello”.
Pero una excepción a la regla, e importante precedente, lo constituye el caso Huenante, en que se logró probar la incompetencia de la Justicia Militar aduciendo, entre otros argumentos, el fallo de la Corte Interamericana en el caso Palamara, por parte del abogado de la familia Luis Correa Bluas, pese a la solicitud del Ministerio Público quien pidió la incompetencia del Juez de Garantía y que el caso pasara a la Justicia Militar.
"No se ha hecho nada desde la desaparición de José ni se ha hallado su cuerpo…debe aplicarse la Convención de los Derechos del Niño y el Ministerio Público tiene la obligación de realizar todas las diligencias para encontrarlo", manifestó Correa Bluas.
De esta forma, al contrario de lo que ocurre con la Justicia Militar, se logró procesar a los tres ex carabineros a través de la justicia penal ordinaria. Los tres funcionarios de Carabineros fueron formalizados en el Juzgado de Garantía de Puerto Montt por el delito de sustracción de menores, secuestro, y desaparición, hechos ocurridos en Septiembre del año 2005. Estos además fueron dados de baja en el mes de Abril del presente año.
Según el Vicepresidente Regional (8va) del Colegio de Abogados Sergio Cáceres, existe un consenso entre los profesionales de cambiar el sistema y reducir su competencia a los delitos en donde hay solo uniformados involucrados “si hay un solo civil involucrado debe ser materia de la justicia civil ordinaria, pues los uniformados no pueden ser juzgados por sus propios pares”. Señaló además que la reforma a la Justicia Militar está en manos tanto del poder Legislativo como del Poder Ejecutivo. Hoy día dicho Proyecto de Ley duerme en el parlamento.
LA DOBLE MILITARIZACION Y EL CASO CHOQUE
En Junio del año 2008 se inició un nuevo proceso de recuperación territorial, en manos de las empresas forestales, en el cual la comunidad de Choque, superando la división impuesta por la CONADI, se volcó en forma unitaria a la recuperación del Fundo La Puntilla de Tranaquepe (Forestal Mininco) y Fundo El Canelo (Forestal Volterra), zona militarizada desde el año 2005 a través de campamentos de fuerzas especiales de carabineros, resistiendo múltiples ofensivas de parte de la policía, la cual allanó la comunidad en varias ocasiones, hirió comuneros y encañonó a mujeres, niños y niñas mapuche.
Hoy quince comuneros de Choque y otras comunidades, están siendo procesados por la Ley Antiterrorista y otros tantos, no se sabe cuantos, están siendo perseguidos a través de listas y fotos, al interior de las comunidades de Choque, Miquihue y Ranquilhue, entre otras, todo esto en base a un montaje cinematográfico denominado “Emboscada al Fiscal Elgueta”.
Cinco de los presos políticos mapuche procesados son miembros de la Coordinadora de Comunidades en Conflicto Arauco, Malleco y Cautín (CAM), razón por la cual, están siendo victimas no sólo de un doble procesamiento si no más bien de una colusión entre la Justicia Civil (Ley Antiterrorista) y la Justicia Militar (Fiscalía Militar de Concepción), estos son:
· Ramón LLanquileo Pilquiman
· Héctor LLaitul Carrillanca
· José Huenuche Reiman
· Luis Menares Chanilao
· Jonathan Huillical Méndez
Para sus familiares “La aplicación de la Justicia Militar impuesta por el Estado Chileno a mapuche no sólo viola los derechos humanos si no que constituye, además, un acto de discriminación racial”.
En este sentido, para el abogado José Aylwin, dos gestos básicos del Gobierno chileno hacia el Pueblo Mapuche debieran ser:
1. Solicitar extrema urgencia al proyecto de ley que reforma la Justicia Militar para poner termino a su competencia en hechos en los cuales estén involucrados civiles, en especial mapuche.
2. Poner fin inmediato de la militarización en la que hoy se encuentran las comunidades en conflicto lo que constituye una provocación inaceptable.
A esta opinión se suma la del abogado de derechos humanos, Alberto Espinoza (FASIC) quien considera que “la aplicación de la Justicia Militar constituye una doble militarización pues procesa a mapuche en comunidades militarizadas por el propio estado chileno”.
CONVOCATORIA
(Wallmapu, Septiembre 21 del 2009)
Los familiares de los cinco presos políticos mapuche, procesados por la justicia Militar, hacemos un llamado a nuestro pueblo mapuche, al pueblo chileno, a las organizaciones sociales y políticas, a los organismos de derechos humanos y a la opinión internacional a exigir:
EL TÉRMINO INMEDIATO A LA APLICACIÓN DE LA JUSTICIA MILITAR A CIVILES, ESPECIALMENTE, A MAPUCHE Y ADHERIR CON SUS FIRMAS A ESTA CONVOCATORIA.
http://www.efirmas.com/1726191/index.html
¡FIN A LA APLICACIÓN DE LA JUSTICIA MILITAR AL PUEBLO NACION MAPUCHE!
¡JUSTICIA PARA LEMUN, CATRILEO Y COLLIO!
¡LIBERTAD A LOS PRESOS POLITICOS MAPUCHE!
9/26/2009
A 20 AÑOS DE TERMINADA LA DICTADURA MILITAR AUN SE APLICA LA JUSTICIA MILITAR A CIVILES Y MAPUCHE EN CHILE
Etiquetas: chile, derechos humanos, mapuche
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